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La cláusula COVID19, la estrella de los nuevos contratos para el alquiler de locales

Muchos de los contratos de alquiler de los locales serán revisados después de la pandemia con nuevas cláusulas. Especialmente para evitar situaciones como las provocadas por el COVID.
clausula cierre locales

La gran mayoría de franquicias, especialmente comercio y hostelería, tienen en el alquiler uno de sus principales gastos. Con la incorporación de esta cláusula los franquiciados podrán romper el contrato de alquiler antes de la fecha establecida y sin ningún cargo adicional.

Ante la situación de incertidumbre que llevamos viviendo desde el pasado mes de marzo y por el miedo ante otro posible confinamiento o estado de alarma, muchos sectores están tomando medidas para evitar consecuencias negativas de cierres de locales como las ocurridas en plena crisis del coronavirus. En este sentido, en el sector inmobiliario ya han empezado a incluir la ‘cláusula COVID-19’ en los nuevos contratos de alquiler de los locales comerciales. Mediante esta, el inquilino tendrá la oportunidad de romper el contrato antes de la fecha establecida si así lo desea y lo podrá hacer sin tener que pagar penalización.

Seguridad para franquiciado y propietario

Esta nueva cláusula, es totalmente legal y se podrá ampliar a cualquier tipo de contrato y situación. No solo a locales comerciales sino también a estudiantes que están estudiando en otro país, digital nomads, personas que están fuera por motivos laborales, etc. Laia Comas la CEO de Inédit afirma lo siguiente: “a partir de ahora es importante tener en cuenta dicha cláusula ya que garantiza seguridad para ambas partes. De cara al propietario hay que tener en cuenta que es una forma de evitar tener viviendas ocupadas con impagos y sin rentabilizar”.

Esto se resume en que los contratos seguirán siendo los mismos que antes, lo único que a partir de ahora vendrá incluida esta cláusula. Gracias a ella, habrá una mayor flexibilidad a la hora de cancelar un contrato. Laia Comas, explica que “por una parte, el inquilino no tiene miedo de firmar el contrato por si después tiene que marcharse. Por otra parte, el propietario tiene la seguridad de recuperar la vivienda y ponerla nuevamente en alquiler en caso de que el inquilino se marche”.

Sin duda, esta es una buena noticia para las franquicias y especialmente para ls franquiciados que inician su negocio. Con ella se garantizan que el cierre por ajenos a su actividad se vea compensado sin suponer ningún tipo de penalización.

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